PREFECTURA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

PREFECTURA DEFINE ORDENANZA DE TASA DIFERENCIADA PARA ALLURIQUÍN

Cumpliendo con el compromiso adquirido, durante la socialización llevada a cabo el martes 04 de marzo en el Coliseo de Alluriquín; el día de hoy, viernes 06 de marzo, se desarrolló la reunión con una comisión de esta parroquia, liderada por el  presidente del GAD Parroquial, y los equipos técnico y jurídico del Gobierno Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas.

El objetivo, revisar de manera conjunta la Ordenanza que Determina el Cobro del Peaje de la vía Alóag- Santo Domingo, tramo Unión del Toachi- Sueño de Bolívar, con representantes de los sectores transportista, comercial, productivo, rural y centro poblado de esta parroquia.

La Prefecta, Johana Núñez, participó en el inicio de esta mesa de trabajo, ratificando la apertura del Gobierno Provincial para construir este nuevo instrumento “siempre en apego a la ley y normativas establecidas por el Ministerio de Infraestructura y Transporte (MIT)” indicó.

Respecto a la Ordenanza, se aclaró los conceptos de usuario frecuente y usuario cercano, siendo el primero el único que debe cumplir con mínimo 5 pases diarios por la Estación de Peaje y al segundo corresponde los habitantes que residen o ejercen alguna actividad económica en la parroquia.

Además, de los usuarios exentos en los que constan vehículos gubernamentales, de emergencia, seguridad, Gobiernos Autónomos Descentralizados (municipales, provinciales y parroquiales), de personas con discapacidad y se suma a este grupo las personas con enfermedades catastróficas.

Aquí se establecieron, y redujeron al mínimo los requisitos de aplicación para cada grupo, debiendo presentar:

  • Usuario Frecuente: copia de cédula y papeleta de votación, matrícula del vehículo, oficio donde indique el número de pases; y para cooperativas o compañías de transporte de pasajeros  el permiso de operación, con indicación de los socios habilitados, por cada vehículo.
  • Usuario Cercano: copia de cédula y papeleta de votación, copia de la matrícula del vehículo, certificación emitida por el GAD Parroquial de Alluriquín u otro documento legal que acredite tal calidad.
  • Usuario exento: copia de cédula y papeleta de votación, copia de la matrícula del vehículo y certificado correspondiente de ser necesario.

La reducción de la tarifa se mantiene al 50%, tal como lo estipula el Reglamento de Infraestructura Vial. Sin embargo, ante el pedido de la comisión se incluyó en la Ordenanza una “disposición transitoria” en la que se detalla “la solicitud al Ministerio de Infraestructura y Transporte para que la rebaja sea del 75% exclusivamente para las personas que residan o ejerzan actividades económicas en la parroquia Alluriquín; así como también se destine al menos el 5% de la recaudación del peaje para la ejecución de proyectos sociales y obras de infraestructura en la jurisdicción de Alluriquín”.

Este requerimiento contará con el acompañamiento jurídico de la Prefectura, encabezado por el asesor, Dr. William López, quien será el encargado de redactar el documento para ser presentado ante el Ministerio de Infraestructura y Transporte en compañía de habitantes de Alluriquín.

“Es importante también el sentir de los moradores, por eso, nos hemos puesto a disposición para asesorarles jurídicamente; en lo que corresponde a esta disposición transitoria, dependerá siempre de lo que resuelva el ente rector, pero nosotros agotaremos todo los recursos y trámites que sean necesarios para este fin” dijo, López.

Ahora, la Ordenanza pasará a la Comisión de Legislación para que emita su informe y pueda ser tratada por los miembros de la Cámara Legislativa Provincial; quienes en dos debates aprobarán o rechazarán este proyecto.

De darse su aprobación, a más tardar en la tercera semana de marzo estará vigente este documento y de manera inmediata se validarán las carpetas recibidas para emitir las resoluciones de los beneficiarios considerados para la tasa diferenciada a quienes se les entregará un TAG, siendo el único dispositivo para acceder al servicio.

EL DATO  

Se dispondrá de 5 días (término) para el trámite de respuesta a los usuarios de Alluriquín, contados a partir de que entre en vigencia la presente Ordenanza.

 

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