Por unanimidad, la Cámara Legislativa del Gobierno Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas aprobó este martes 17 de marzo la Ordenanza que Determina el Cobro del Peaje de la Vía Alóag – Santo Domingo, Tramo Unión del Toachi – Sueño de Bolívar, y Regula el Régimen de Rebajas y Exoneraciones.
Tras su respectivo conocimiento, análisis y aprobación, en primero y segundo debate, la normativa entró en vigencia inmediatamente, sin perjuicio de su publicación en los medios oficiales, con el fin de regular el cobro de la tasa de peaje por el uso de la vía Alóag – Santo Domingo, así como establecer el régimen aplicable para la administración, control, rebajas y exoneraciones tarifarias dentro del tramo delegado.
El asesor jurídico del GAD Provincial, William López, aseguró que en esta Ordenanza se han recogido todas las aspiraciones de los habitantes de la parroquia Alluriquín; garantizando que esta ha sido trabajada con responsabilidad jurídica, social, apegada a la Constitución y la ley.
Juan Betancourt, presidente de Alluriquín, celebró ser parte de estos cambios importantes que se dan, y que estos sean siempre a favor de los ciudadanos de su parroquia.
“Seguimos trabajando cumpliendo la ley. Eso es lo que ha hecho esta institución, desde que asumimos la administración, y eso nos motiva a seguirlo haciendo, a favor de la provincia y nuestros ciudadanos”, manifestó la Prefecta Johana Núñez, anunciando que desde mañana (18 de marzo) se procederá con la venta de los dispositivos electrónicos para el pago automático-TAGs, en la Estación de Peaje.
Detalles Ordenanza
Los valores correspondientes a la tasa de peaje para los distintos tipos de vehículos, sobre los cuales se aplicarán las rebajas del 50% para usuarios frecuentes y cercanos debidamente calificados, son los siguientes:
Usuario Frecuente
Para la calificación como usuario frecuente deberá acreditarse que el mismo vehículo pasa por la misma estación al menos 5 veces cada 24 horas, durante 5 días a la semana (5×5), por un periodo de 30 días, debiendo el solicitante presentar:
1. Copia de cédula de ciudadanía del solicitante;
2. Copia de matrícula del vehículo o contrato de compraventa;
3. Indicar la estación de peaje que cruza con frecuencia; y,
4. Para cooperativas o compañías de transporte de pasajeros: permiso de operación emitido por la autoridad competente, con indicación de los socios habilitados, por cada vehículo.
Usuario cercano
Se considerará usuario cercano a la persona natural o jurídica que habite o desarrolle actividades económicas dentro del área de influencia directa de la estación de peaje, debiendo presentar:
- Copia de cédula de ciudadanía del solicitante;
2. Copia de matrícula del vehículo o contrato de compraventa;
3. Indicar la estación de peaje correspondiente; y,
4. Certificación emitida por el GAD Parroquial Rural Alluriquín u otro documento legal que acredite tal calidad.
Usuario exento
Son considerados los vehículos oficiales de gobierno, de emergencia, seguridad, Gobiernos Autónomos Descentralizados (municipales, provinciales y parroquiales), y personas con discapacidad conforme el marco constitucional y legal aplicable.
- Copia de cédula de ciudadanía del solicitante;
2. Copia de matrícula del vehículo; y,
3. Certificado correspondiente de ser necesario.
Formulario obligatorio
Para la calificación como usuario frecuente, cercano o exento, el interesado deberá presentar obligatoriamente la solicitud mediante el formulario institucional establecido por el GAD Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas, adjuntando la documentación habilitante correspondiente.
Para descargar el formulario ingrese a: www.gptsachila.gob.ec
